Cuando se calculan los acuerdos de divorcio y las sentencias, siempre hay una consideración de la manutención de los hijos para el padre con custodia y, a veces, los pagos de manutención del cónyuge (pensión alimenticia) al excónyuge. El cálculo de la manutención de los hijos se realiza de conformidad con los Estatutos de la Florida (Anotado; Capítulo 61.30), sin embargo, los pagos de la pensión alimenticia pueden otorgarse o no y se determinan caso por caso.

 

Abogados de manutención infantil y conyugal en los que puede confiar

Nuestros experimentados abogados de derecho familiar en Jacksonville lo ayudarán a conseguir un arreglo financiero que lo ayudará a usted y a su familia en el futuro, que incluye:

  • Fallo inicial de manutención infantil
  • Modificación de manutención infantil
  • Manutención de menores después de la mayoría de edad para hijos adultos dependientes
  • Cumplimiento de la manutención infantil
  • Pensión alimenticia temporal o puente
  • Pensión alimenticia permanente
  • Pensión alimenticia de rehabilitación
  • Pensión alimenticia a tanto alzado
  • Modificación de la pensión alimenticia

Los abogados de derecho familiar de Parra Harris Law tienen años de experiencia en el manejo de asuntos de manutención infantil y pensión alimenticia. Trabajaremos para asegurarnos de que reciba un acuerdo justo y equitativo.

 

Cálculo de manutención infantil

El tribunal puede ordenar a cualquiera de los padres que pague la manutención de los hijos durante y después del procedimiento de disolución del matrimonio en una cantidad equitativa, según la naturaleza y las circunstancias del caso. Hay pautas específicas de manutención de niños establecidas en los Estatutos de la Florida anotados; Capítulo 61.30.

Hay varios factores específicos para ajustar la manutención infantil:

  1. Gastos médicos, psicológicos, educativos o dentales extraordinarios;
  2. Ingresos independientes del niño;
  3. El padre con custodia que recibe tanto la manutención de los hijos como la manutención del cónyuge;
  4. Variaciones estacionales en los ingresos o gastos de los padres;
  5. La edad del niño, teniendo en cuenta las mayores necesidades de los niños mayores; 6. Cualquier necesidad especial de la familia;
  6. Los términos de cualquier arreglo parental compartido;
  7. Los activos totales de los padres y el niño;
  8. El impacto de cualquier exención por dependencia del IRS; y
  9. Cualquier otra razón que deba considerarse para que los pagos de manutención infantil sean equitativos.

El tribunal puede exigir un seguro médico para el niño y un seguro de vida que cubra la vida del padre al que se le haya ordenado pagar la manutención. Se puede ordenar que los pagos de manutención infantil se paguen a través de un depositario estatal. [Estatutos de Florida anotados; Capítulos 61.13 y 61.30].

 

Pautas de pensión alimenticia

El Tribunal de Circuito puede ordenar la manutención del cónyuge de un cónyuge al otro caso por caso de la siguiente manera:

  1. El tribunal puede otorgar una pensión alimenticia permanente o de rehabilitación a cualquiera de las partes.
  2. El tribunal normalmente ordenará pagos periódicos o pagos en una suma global o una combinación de ambos.
  3. El tribunal también puede considerar la culpa conyugal, especialmente el adulterio al otorgar una pensión alimenticia.

El tribunal considerará todos los factores económicos relevantes, incluidos, entre otros, los siguientes:

  1. El nivel de vida establecido durante el matrimonio.
  2. La duración del matrimonio.
  3. La edad y salud de cada parte.
  4. Los recursos financieros y activos de cada parte.
  5. Cuando corresponda, el tiempo necesario para que cualquiera de las partes adquiera la educación o capacitación suficiente para permitirle encontrar un empleo apropiado.
  6. La contribución de cada parte al matrimonio, incluidos, entre otros, los servicios prestados en las tareas del hogar, cuidado de niños, educación y desarrollo profesional de la otra parte.
  7. Todas las fuentes de ingresos disponibles para cualquiera de las partes.
  8. El tribunal podrá considerar cualquier otro factor necesario para hacer equidad y justicia entre las partes. El tribunal puede ordenar a cualquier cónyuge que esté pagando pensión alimenticia que compre o mantenga una póliza de seguro de vida o una fianza, o que asegure de otro modo dicha pensión alimenticia en caso de que fallezca antes del período de manutención obligatorio. (Estatutos de Florida – Capítulos: 61.08)

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